En la práctica jurídica española, desheredar a un hijo, nieto o cualquier heredero forzoso no es sencillo. Muchas personas se preguntan si el simple distanciamiento o la ruptura de la relación familiar es suficiente para eliminar a un descendiente del testamento. La realidad es que el Código Civil establece una serie de causas muy concretas para poder hacerlo, y no todas las situaciones encajan dentro de lo permitido legalmente.

¿Qué significa desheredar?

Desheredar consiste en privar, de forma expresa y mediante testamento, a un heredero forzoso de su legítima. En España, los herederos forzosos –generalmente hijos y descendientes– tienen derecho a una parte de la herencia, llamada “legítima”, que no puede ser eliminada salvo que concurra alguna causa legal de desheredación.

Estas causas están recogidas en los artículos 848 a 857 del Código Civil, y no basta con una simple voluntad del testador: debe existir un motivo justificado y que se pueda probar si fuera impugnado.

¿Falta de relación = causa de desheredación?

Durante años, el distanciamiento familiar no se consideró motivo suficiente para desheredar. Sin embargo, en los últimos tiempos, varias sentencias del Tribunal Supremo han abierto la puerta a interpretar esta situación de forma distinta. Cuando la falta de relación se ha producido de manera continuada, profunda y sin causa justificada, algunos jueces han aceptado que esto pueda encajar en las causas de maltrato psicológico o injurias graves.

Eso sí, no basta con alegarlo. El testador debe justificarlo en el testamento y, si hay oposición, se necesitarán pruebas. El Tribunal valorará las circunstancias del caso: si ha existido abandono emocional, desprecio prolongado o una ruptura intencionada de los vínculos familiares.

¿Qué ocurre si el heredero impugna?

En caso de impugnación por parte del heredero desheredado, será este quien deba demostrar que la causa alegada por el testador no es cierta. Si consigue probarlo, recuperará su derecho a la legítima. Si no lo logra, la desheredación se mantendrá.

Por eso, es fundamental que en el momento de redactar el testamento se detalle claramente el motivo de la desheredación y, si es posible, que se guarden pruebas que respalden esa decisión (mensajes, testigos, informes psicológicos, etc.).

¿Y si no hay testamento?

Si no existe testamento, se aplicará la sucesión legítima, y los herederos forzosos recibirán su parte correspondiente. En este caso, no cabe desheredación. La única forma de evitar que una persona herede es mediante testamento y alegando causas legales justificadas.

¿Qué otras causas de desheredación reconoce la ley?

Además de los malos tratos o injurias graves, el Código Civil contempla otras situaciones que pueden dar lugar a una desheredación válida. Entre ellas:

  • Haber sido condenado por atentar contra la vida del testador.
  • Haber obligado al testador a hacer o cambiar su testamento mediante amenazas o violencia.
  • Haberle acusado falsamente de un delito grave.

Cada una de estas causas debe probarse si hay controversia entre los herederos.

Conclusión

Desheredar a un hijo o familiar cercano no es solo una cuestión legal, también es una decisión con una gran carga emocional. Aunque hoy en día existe una mayor flexibilidad judicial para valorar las situaciones de falta de relación, sigue siendo esencial asesorarse bien y dejar constancia clara de las causas.

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